El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) determinó que las entidades financieras deberán abrir las cuentas para el pago de prestaciones de la seguridad social a solo pedido de los diferentes entes pagadores de cada jurisdicción. La actual Ley de Entidades Financieras estipula que los bancos deben responder a las peticiones del Poder Ejecutivo. De este modo, la ANSeS tendrá la potestad de definir en qué bancos y en qué sucursales cobrarán los beneficiarios de la seguridad social.
El objetivo de la medida es ampliar la cantidad de sucursales y mejorar la distribución geográfica en todo el país, a través de las cuales se pagan jubilaciones y pensiones.
Al mismo tiempo, el Directorio también estableció que las Obligaciones Negociables de las empresas que tengan buena calificación serán elegibles como colaterales en las operaciones con pases activos. Hasta el momento, esa lista de activos elegibles como colaterales incluía a los títulos del BCRA y a títulos del Tesoro Nacional.
Esta decisión fue anticipada por el presidente del Banco Central, Miguel Pesce, durante el encuentro que mantuvo el jueves 7 de mayo con el titular de la Unión Industrial Argentina, Miguel Acevedo. Esta medida le brinda mayor atractivo a las Obligaciones Negociables que emitieron o emitan las empresas que buscan financiamiento en el mercado interno.
Buenos Aires, jueves 21 de mayo de 2020.