Anualmente, el BCRA difunde los feriados que deberán respetar las entidades financieras, a continuación detallamos los que se aplicaron a todo el año 2013:
| 1 de enero | (1) Año Nuevo. |
| 31 de enero | (7) Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813. |
| 11 de Febrero | (1) Carnaval |
| 12 de Febrero | (1) Carnaval |
| 20 de Febrero | (8) Día de la Batalla de Salta |
| 28 de marzo | (2) Jueves Santo. Festividad Cristiana. |
| 29 de marzo | (1) Viernes Santo |
| 1 de Abril | (1) (6) Feriado con fin turístico |
| 2 de Abril | (1) Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas |
| 1 de Mayo | (1) Día del Trabajo |
| 20 de Junio | (1) Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano |
| 21 de Junio | (1) (6) Feriado con fin turístico |
| 9 de Julio | (1) Día de la Independencia |
| 19 de Agosto | (1) (3) Corresponde al 17 de agosto. Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín |
| 14 de Octubre | (1) (4) Corresponde al 12 de octubre. Día del Respeto a la Diversidad Cultural |
| 25 de Noviembre | (1) (5) Corresponde al 20 de noviembre. Día de la Soberanía Nacional |
| 25 de Diciembre | (1) Navidad |
(1) – Feriado Nacional.
(2) – Día no laborable.
(3) - Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.584/2010 se traslada al tercer lunes del mes.
(4) - Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.584/2010 se traslada al segundo lunes del mes.
(5) - Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.584/2010 se traslada al cuarto lunes del mes.
(6) - Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.585/2010 se establecen como días con fines turísticos.
(7) – Conforme con lo dispuesto por la Ley 26.840 se establece por única vez feriado nacional.
(8) – Conforme con lo dispuesto por la Ley 26.837 se establece como feriado extraordinario.